Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 4(Especial), 517-541, 2025
https://doi.org/10.62574/b3rpgt11
517
Estructuración entre justicia indígena y sistema judicial ecuatoriano:
propuestas de protección a derechos
Structuring between indigenous justice and the Ecuadorian judicial system:
proposals for the protection of rights
Joel Alexander Chicaiza-Chiluisa
joelacc70@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0002-5258-1014
Iruma Alfonso-González
ua.irumaalfonzo@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-6866-4944
Pablo Ermely Espinosa-Pico
ua.pabloep80@unaindes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0009-2768-5912
RESUMEN
La investigación tiene como objetivo analizar la articulación entre la justicia indígena y el sistema
judicial ordinario en Ecuador, en el marco del Estado plurinacional e intercultural establecido por la
Constitución de 2008. Mediante un enfoque cualitativo que incluye análisis documental y entrevistas
a líderes indígenas del MICC y operadores de justicia, se examinan los conflictos jurisdiccionales,
vacíos normativos y desafíos en la protección de derechos fundamentales. Los resultados evidencian
tensiones entre ambos sistemas debido a la falta de mecanismos claros de coordinación y
limitaciones en la comprensión intercultural por parte de los operadores de justicia ordinaria. La
justicia indígena, fundamentada en principios restaurativos como el ama llulla, ama killa y ama shwa,
busca la armonía comunitaria, contrastando con el enfoque punitivo del sistema ordinario.
Descriptores: derecho constitucional; pueblos indígenas; pluralismo cultural. (Fuente: Tesauro
UNESCO).
ABSTRACT
The research aims to analyse the relationship between indigenous justice and the ordinary judicial
system in Ecuador, within the framework of the plurinational and intercultural state established by
the 2008 Constitution. Using a qualitative approach that includes documentary analysis and
interviews with indigenous leaders from the MICC and justice operators, jurisdictional conflicts,
regulatory gaps and challenges in the protection of fundamental rights are examined. The results
reveal tensions between the two systems due to the lack of clear coordination mechanisms and
limitations in intercultural understanding on the part of ordinary justice operators. Indigenous justice,
based on restorative principles such as ama llulla, ama killa and ama shwa, seeks community
harmony, contrasting with the punitive approach of the ordinary system.
Descriptors: constitutional law; indigenous peoples; cultural pluralism. (Source: UNESCO Thesaurus).
Recibido: 05/07/2025. Revisado: 19/07/2025. Aprobado: 27/07/2025. Publicado: 08/08/2025.
Sección artículos de investigación
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Structuring between indigenous justice and the Ecuadorian judicial system: proposals for the protection of
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INTRODUCCIÓN
La Constitución del Ecuador del 2008 establece que el país como un estado
plurinacional e intercultural, reconocido con avances significativos como la
validación de la justicia indígena para resolver conflictos en los territorios de los
pueblos indígenas. De esta manera, el sistema nos permite conocer sus principios
esenciales como el ama llulla (no mentir), ama killa (no ser ocioso), ama shwa (no
robar) y el ranti ranti (reciprocidad), así como sus sanciones que son aplicadas en
estas costumbres como el derecho propio y las condiciones económicas de cada
comunidad, adoptando también medidas alternativas que no sean el
encarcelamiento ni la privación de la libertad de cada uno de sus moradores.
Ecuador, en su normativa, no ha desarrollado específicamente nada que regule
aspectos fundamentales como la delimitación de competencias según la materia o
las etapas procesales, lo cual dificulta que se garanticen estos derechos
fundamentales que están contemplados tanto en la Constitución como en los
instrumentos internacionales.
La justicia indígena en Ecuador se basa en la perspectiva de la cosmovisión de las
comunidades, lo que implica una interpretación de esta justicia basada en las
costumbres y mitos. Este estudio examina los conflictos que surgen entre la justicia
indígena y la justicia ordinaria. Asimismo, en la cosmovisión de estos pueblos
indígenas, los castigos en su sistema de justicia son el reflejo de sus costumbres y
tradiciones (García, 2020).
La interpretación intercultural desde la perspectiva de la plurinacionalidad implica
entender los derechos y los hechos de manera contextual, basándose en el derecho
propio y la cosmovisión de las comunidades. Esta busca eliminar cualquier forma
de dependencia y garantizar tanto las autonomías como la igualdad de resultados
en cada caso específico, para lo cual se busca el diálogo y un aprendizaje mutuo
entre culturas. Con base en esto, la interpretación intercultural sigue lineamientos
que adoptan una actitud de docta ignorancia y buscan reconocer las limitaciones al
comprender cada perspectiva, estando dispuestos a profundizar y entender
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diferentes lógicas jurídicas y contextualizar cada hecho para fomentar un diálogo
que permita buscar el derecho propio y establecer con claridad si se ha producido
o no una violación de derechos humanos.
La justicia indígena en Ecuador es el resultado de una trayectoria del proceso de
lucha por los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas. Hasta antes de
la Constitución de 1998, esta justicia habría sido imposible de ejercer, y en 2008,
con la actual Constitución, estas formas tradicionales de resolución de conflictos
dentro de las comunidades indígenas establecieron una conexión con la justicia
ordinaria, buscando mecanismos para el control constitucional y su integración
tanto en la Carta Magna como en las leyes complementarias.
Al ser Ecuador un Estado plurinacional, reconoce a los pueblos y nacionalidades
indígenas para que puedan ejercer su propia jurisdicción, permitiéndoles juzgar
conforme a sus tradiciones ancestrales y su derecho consuetudinario, resaltando así
la importancia de las costumbres y tradiciones indígenas. En este contexto, el
principio del non bis in idem busca garantizar que ninguna persona sea sancionada
dos veces por el mismo hecho. Sin embargo, surge una controversia de
competencias cuando una persona ajena a la comunidad es sometida a esta
jurisdicción, pues esta persona no podría ser juzgada por la justicia ordinaria, lo
que genera varios desafíos en la aplicación coherente de este principio.
Uno de los principales desafíos dentro del pluralismo jurídico es la coexistencia
entre los diferentes sistemas de justicia reconocidos. Para esto, definir con exactitud
los límites de estos sistemas adquiere una importancia especial. Esto se centra en
analizar los alcances y restricciones de la justicia indígena, tomando como punto de
partida el Estado constitucional de derechos y justicia en Ecuador desde 2008. Este
modelo incluye el reconocimiento de sistemas alternativos como la justicia indígena,
sistema basado en que los pueblos y comunidades indígenas decidan la aplicación
de sus normas y prácticas ancestrales.
En Ecuador, la justicia indígena está reconocida constitucionalmente como parte del
Estado intercultural y plurinacional, basándose en las costumbres, tradiciones y los
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procedimientos de cada pueblo y nacionalidades indígenas. Este sistema busca
mantener la armonía comunitaria y priorizar las resoluciones internas de conflictos,
alejándose de la lógica individualista de la justicia ordinaria. Su aplicación exige que
se respete la interpretación intercultural de sus prácticas ancestrales y se contemple
el contexto de sus comunidades. Al respecto, la sentencia n.º 113-14-SEP-CC
establece que la justicia indígena se ejerza dentro de la comunidad y que aborde
conductas que afecten la armonía y la convivencia colectiva, exceptuando los casos
relacionados con la vida humana, que deben ser tratados por la justicia ordinaria
(Alban, 2024).
El derecho indígena se basa en las tradiciones ancestrales orales y busca la
purificación y rehabilitación de la persona, a diferencia de la justicia ordinaria, que
se enfoca en la privación de libertad y posterior rehabilitación. Esto está reconocido
en el artículo 171 de la Constitución de 2008, que establece una supremacía que
debe mostrar concordancia con la justicia ordinaria, proponiendo así el fomento de
la cooperación y asesoramiento mutuo entre ambas justicias y líderes comunitarios,
para garantizar el respeto por las normas internacionales.
El sistema jurídico de Ecuador, que tiene un pluralismo fuerte consagrado en la
Constitución, permite la existencia de distintos órdenes jurídicos que incluyen al
derecho indígena. Sin embargo, la sentencia n.º 113-14-SEP-CC de la Corte
Constitucional limita este pluralismo al establecer que los delitos contra la vida son
de competencia específica de la justicia ordinaria, poniendo así límites a la justicia
indígena. De esta manera, se vulnera el reconocimiento establecido en la
Constitución. En el caso de La Cocha, se desconoció la capacidad que tenía la
comunidad de resolver conflictos, incluso los relacionados con la vida de sus
miembros. La Corte destacó las diferencias culturales entre estos sistemas de
justicia y en su fallo otorgó una jerarquía superior a la justicia ordinaria, vulnerando
así el principio de igualdad jurídica y la protección de la identidad cultural en un
Estado intercultural y plurinacional (Añazco, 2022).
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MÉTODO
Para esta investigación se ha adoptado una modalidad cualitativa, ya que esto se
alinea con un enfoque de análisis de documentos y entrevistas, seleccionado debido
a que el análisis está centrado en una interpretación profunda de la información.
Este enfoque nos permite comprender y contextualizar los datos a través de
métodos como el análisis de documentos doctrinales, jurisprudenciales y otros
materiales relacionados.
Tipología y alcance de la investigación y propósito externo
Esta investigación se sitúa dentro de una tipología aplicada y descriptiva, con un
enfoque cualitativo y comparativo. Su objetivo es analizar cómo interactúan la
justicia indígena y el sistema ordinario dentro del Ecuador, con la intención de
proponer medidas que aseguren la protección de los derechos fundamentales de
las comunidades indígenas. A través de un diseño metodológico normativo-jurídico
y el estudio de casos emblemáticos, se examinan tanto los vacíos normativos como
los conflictos que se han dado dentro de la justicia indígena, teniendo en cuenta el
marco constitucional ecuatoriano y los estándares internacionales de derechos
humanos.
En cuanto a los objetivos, la investigación busca aportar teóricamente al
fortalecimiento del pluralismo jurídico en Ecuador, con implicaciones prácticas que
incluyen recomendaciones normativas y operativas, así como un impacto social que
promueva el respeto por la diversidad cultural y la autodeterminación de los
pueblos y nacionalidades indígenas. Además, en el ámbito político, se espera influir
en el debate sobre la inclusión efectiva de la justicia indígena en el sistema ordinario
del Ecuador, avanzando hacia un modelo más inclusivo y equitativo.
Del nivel teórico del conocimiento
Se utilizaron para la presente investigación los siguientes métodos de investigación:
histórico-jurídico, antropológico-jurídico y filosófico-jurídico.
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Histórico-jurídico
Este método permite analizar la evolución de las normas y principios relacionados
con la justicia indígena en Ecuador y su articulación con el sistema judicial.
Aplicación:
Identificar las etapas clave en la historia del reconocimiento de la justicia
indígena dentro de la legislación ecuatoriana.
Analizar la Constitución del Ecuador desde la Constitución de 1998 hasta la
de 2008, que reconoció la justicia indígena en el sistema judicial ordinario.
Examinar los tratados internacionales, como el Convenio 169 de la OIT y la
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas.
Antropológico-jurídico
El enfoque antropológico-jurídico ofrece una forma de examinar la relación entre la
justicia indígena y el sistema judicial ordinario ecuatoriano. Este enfoque, que
vincula el derecho con la cultura, resalta que las normas legales y las prácticas
ancestrales de estas comunidades indígenas están interconectadas. A través de este
método se estudia la estructura y el funcionamiento de la justicia indígena para
resolver conflictos, así como su cosmovisión y la importancia de su cultura y
tradiciones en la resolución de conflictos, lo cual permite analizar las tensiones entre
la justicia indígena y la justicia ordinaria, fomentando una mejor comprensión de la
diversidad cultural y reforzando la protección de los derechos fundamentales de los
pueblos y nacionalidades indígenas, así como la interculturalidad establecida en la
Constitución de 2008.
Filosófico-jurídico
El examen filosófico-jurídico de la interfaz entre la justicia indígena y los tribunales
del Ecuador centra la investigación en las bases morales y normativas que sustentan
ambos sistemas, profundizando en ideas como la equidad, la diversidad jurídica y
las libertades fundamentales. Este enfoque analiza las convergencias de varias
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concepciones de justicia, derivadas de la filosofía indígena y la jurisprudencia formal.
Se explorará cómo debería expresarse la justicia para garantizar el reconocimiento
del valor individual y la diversidad cultural. Desde una postura crítica, es necesario
racionalizar, basándose en principios lógicos y una comprensión generalizada, la
necesidad de una concepción intercultural que respete las normas culturales y
garantice un reconocimiento equivalente en ambos marcos, siguiendo la
plurinacionalidad y reafirmando la Constitución del Ecuador.
Del nivel empírico
Análisis de documentos
El análisis de documentos es una herramienta para explorar normativas,
resoluciones judiciales, tratados internacionales y registros legales que se
relacionan con la justicia indígena y su conexión con el sistema judicial ecuatoriano.
Este método brinda una visión profunda del marco normativo y práctico. En este
método se incorpora el análisis de la Constitución de 2008, las decisiones del
Tribunal Constitucional sobre disputas legales y herramientas como el Convenio
169 de la OIT. Esto tiene como objetivo determinar cómo estos recursos abordan
asuntos como el pluralismo legal, las relaciones interculturales y la salvaguarda de
los derechos fundamentales de las comunidades indígenas. Al examinar estos
documentos, se pueden descubrir vacíos legislativos, normas conflictivas y
posibilidades de mejorar la sincronización de sistemas, garantizando que las
actividades legales reflejen un respeto genuino por la diversidad cultural y la
interculturalidad.
Entrevistas
El método de entrevistas es una herramienta clave para recopilar información directa
de los actores involucrados en la relación entre la justicia indígena y el sistema
judicial ecuatoriano. A través de entrevistas a un líder indígena que ha luchado por
los derechos colectivos de las comunidades y que se ha formado conjuntamente
con organizaciones filiales de varias comunidades dentro de los siete cantones de
la provincia de Cotopaxi específicamente, a un dirigente del MICC (Movimiento
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Indígena y Campesino de Cotopaxi), presidente de dicha organización, que ha
participado en reuniones nacionales con el movimiento, en la CONAIE y en
encuentros internacionales para compartir propuestas y participar en foros de
organizaciones regionales de pueblos indígenas, y también a un juez especializado
en materia constitucional y en justicia indígena que haya resuelto casos relacionados
con la protección y la vida de los pueblos y nacionalidades indígenas de acuerdo
con la justicia ordinaria, se pueden explorar sus percepciones, experiencias y
desafíos respecto a la articulación entre ambos sistemas.
Este método permite comprender cómo se aplica la justicia indígena en la práctica,
identificar tensiones jurisdiccionales y conocer las preocupaciones sobre la
protección de los derechos fundamentales, las entrevistas facilitan el análisis de
casos concretos y ofrecen insumos valiosos para diseñar propuestas que promuevan
un diálogo intercultural efectivo y un mayor reconocimiento del pluralismo jurídico
en Ecuador.
Técnicas
En la investigación se aplicó la técnica de análisis de documentos y la entrevista.
Instrumentos de investigación: Para los instrumentos de investigación se utilizó la
guía de análisis documental y la guía de entrevista.
Población y muestra
Dentro de la población indígena se encuentran 30 líderes indígenas de la
comunidad del Galpón, de los cuales se tomará como referencia a un líder que se
ha preparado como abogado y ha estado relacionado con el tema de justicia
indígena, ya que ha participado en varios debates tanto nacionales como
internacionales, demostrando capacidad en el marco de la justicia indígena.
Dentro del Consejo de la Judicatura del cantón Salcedo se encuentran varios jueces
del tribunal, de los cuales se tomará como referencia a un juez constitucional que
se ha preparado junto a comunidades indígenas y ha sido partícipe de la justicia
indígena, lo cual nos ayudará a entender la relación entre la justicia ordinaria y la
justicia indígena.
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Criterios de inclusión y exclusión
Por el tiempo:
Estudios publicados entre 2020 y 2024.
Investigaciones que incluyan a dirigentes indígenas y personas que han
estado involucradas en el ámbito jurídico y de justicia indígena.
Por el idioma:
Artículos científicos escritos en español.
Por el tipo de texto científico:
El tipo de texto define el enfoque del análisis: descriptivo, explicativo,
propositivo y comparativo.
Por el tema:
Análisis del reconocimiento de múltiples sistemas jurídicos en la Constitución
de Ecuador.
Enfoque en los derechos de los pueblos indígenas y su garantía a través de
ambos sistemas.
Casos de tensiones entre la justicia indígena y la ordinaria, y su resolución.
Por base de datos:
En la base de datos se examinará de dónde fue obtenida la información para
realizar las investigaciones específicas, incluyendo las fuentes de las
entrevistas y recursos como Google Académico.
RESULTADOS
Resultados según el análisis de la doctrina
Se propondrán los mecanismos legales para fortalecer la articulación y cooperación
entre ambos sistemas jurídicos, ya que con esto podremos identificar la
estructuración entre justicia indígena y sistema judicial ecuatoriano: propuestas de
protección a derechos fundamentales indígenas.
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En esta investigación nos enfocamos en la administración de la justicia indígena en
Ecuador, la cual se respalda en los órganos de la función judicial y otros elementos
establecidos en la legislación ecuatoriana. Esto se encuentra dentro de la
Constitución del Ecuador de 2008 y varía según cada caso. Para ello se ha
desarrollado un marco normativo que regula sus acciones tanto en la función judicial
como en la justicia indígena. Es fundamental observar los principios, normas, reglas
y procedimientos, ya que quienes llevan a cabo estas labores deben considerar cada
aspecto, incluso aquellos que emplean mecanismos de conciliación, como los
métodos alternativos para la resolución de conflictos y los jueces de paz.
A lo largo de los años, las comunidades indígenas en Ecuador han estado en una
constante lucha por el reconocimiento de su propio sistema de justicia, que se
conoce como derecho consuetudinario o jurisdicción indígena. Esta lucha forma
parte de un proceso más amplio en Latinoamérica. Un momento especial ocurrió
cuando se firmó el Convenio 169 de la OIT en 1989, que reconoció los derechos
de los pueblos indígenas. Estos cambios han hecho que la idea de un país con una
sola cultura, idioma y religión se transforme. Ahora se busca algo más diverso e
inclusivo, como una constitución que entiende que hay muchas leyes y costumbres
diferentes (Naranjo-Luzuriaga et al., 2022).
En Ecuador, la ley para reparar los daños de personas afectadas por crímenes se
apoya en el artículo 78 de la Constitución. Este artículo establece que las víctimas
tendrán atención especializada para que no revivan el trauma y evitar la
revictimización. Esta reparación integral incluye conocer la verdad, recibir
compensación por el daño, ayuda para sanar, garantías de no repetición y
satisfacción por el agravio sufrido. Desde la Constitución de 2008, Ecuador es un
Estado constitucional de derechos y justicia que protege y garantiza los derechos
como prioridad. Así, reparar todo el daño a las víctimas no es solo un derecho, sino
algo que el Estado debe hacer, asegurando que quienes sufrieron por un crimen
tengan justicia y los responsables cumplan con la ley (Ordoñez-Salazar & Morales-
Navarrete, 2022).
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Desde los años 90, el movimiento indígena en Ecuador ha logrado cambiar la
cultura del país, cuestionando el concepto de que la población era homogénea y
que algunos se definían por su raza. Su lucha se apoyó en ideas de derechos
humanos y buscaba que el gobierno reconociera derechos a su grupo. En 1998, la
Constitución reconoció a Ecuador como un país pluricultural, otorgando derechos a
los pueblos indígenas y reconociendo su cosmovisión, lo que requería una
protección jurídica específica. Sin embargo, aunque esto fue positivo, no cambió
completamente el funcionamiento del gobierno. En lugar de una integración
verdadera, se crearon espacios separados en salud y educación que, a veces,
cooptaron a líderes indígenas y generaron clientelismo dentro de sus comunidades.
En Ecuador, la justicia indígena tiene el poder de resolver conflictos que surgen
dentro de sus propias comunidades, pero su implementación ha traído consigo
ciertos problemas relacionados con los límites de sus competencias. Este estudio
examina hasta qué punto puede intervenir en estos casos, utilizando doctrina, teoría
y derecho comparado para establecer qué se entiende por conflictos internos según
la Constitución. La investigación combinó enfoques cualitativos y cuantitativos,
aplicando métodos como el inductivo-deductivo, analítico-sintético y comparativo
(García, 2020).
La investigación tiene como objetivo averiguar si la coexistencia de la justicia
indígena y la justicia ordinaria en Ecuador pone en riesgo el principio constitucional
de non bis in idem, que prohíbe juzgar a una persona dos veces por el mismo hecho.
El enfoque principal es analizar si, una vez que un caso ha sido resuelto por la
justicia indígena, es realmente necesario que la justicia ordinaria intervenga. Esto
se fundamenta en que la justicia indígena, basada en el derecho consuetudinario,
puede sancionar ciertos delitos, pero solo cuando estos involucran a miembros de
pueblos y nacionalidades indígenas reconocidos (Carrasco-Constante, 2023).
Desde 2008, Ecuador ha implementado un modelo garantista en el que los
derechos establecidos en la Constitución son efectivos y existen mecanismos que
los respalden. Estos mecanismos pueden ser positivos, lo que significa que el
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gobierno debe intervenir para proveer servicios como salud o educación, o
negativos, cuando el gobierno no debe interferir, como en el caso de la libertad de
expresión. Los pueblos indígenas tienen derechos colectivos que están reconocidos
constitucionalmente, pero lo más notable ha sido su derecho a tener su propia
justicia. Esto ha causado muchas interrogantes en el ámbito académico y entre los
juristas, porque coexisten dos formas de justicia en el mismo territorio. Este trabajo
examina los problemas que surgen de esta coexistencia y pregunta si la justicia
indígena sin límites claros afecta su cultura y cuánto puede intervenir el gobierno
en sus comunidades (Cordovez et al., 2021).
La justicia indígena en Ecuador y otros países de América Latina es un logro
importante para los pueblos indígenas, producto de una lucha extensa para que se
valore su cultura y sus territorios. Este movimiento ha crecido gracias a tres pilares
fundamentales: primero, la lucha histórica de los pueblos indígenas para recuperar
sus derechos después de siglos de conquista y colonización; segundo, el apoyo del
derecho internacional a través de convenios y declaraciones que defienden los
derechos indígenas; tercero, la cosmovisión indígena, que ofrece una perspectiva
única de justicia fundamentada en su propia filosofía y cultura. Este estudio se centra
en el segundo pilar, explorando cómo las normas internacionales respaldan este
sistema. Además, sugiere que este sistema podría ser una alternativa al derecho
penal estatal, que a menudo es más punitivo y menos enfocado en la rehabilitación
(Naranjo-Luzuriaga et al., 2022).
Este estudio analiza los límites de la justicia indígena en Ecuador, un derecho que
la Constitución reconoce para preservar las costumbres ancestrales en los territorios
indígenas. Sin embargo, existe una falta de normas claras que definan qué sanciones
se pueden imponer y qué infracciones caen bajo su jurisdicción, lo que genera
incertidumbre y puede poner en riesgo la protección de derechos. La investigación
adopta un enfoque mixto, principalmente cualitativo, con un diseño etnográfico y
un alcance descriptivo. Se utilizaron métodos como el inductivo-deductivo, análisis
de documentos y trabajo de campo. Se llevaron a cabo entrevistas con autoridades
de las nacionalidades indígenas de la comunidad del Galpón y del Movimiento
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Indígena y Campesino de Cotopaxi, así como de la CONAIE y de un juez
constitucional en el cantón Salcedo, además de abogados constitucionales, y se
encuestó a especialistas en el tema. El estudio concluye que es fundamental
establecer reglas claras para que las autoridades indígenas puedan ejercer justicia
sin vulnerar derechos, garantizando un sistema más seguro y alineado con la
Constitución (Estrella, 2023).
La Constitución del Ecuador establece que el país es un Estado plurinacional e
intercultural, lo que garantiza los derechos de las nacionalidades y pueblos
indígenas, incluyendo su propio sistema de justicia. Esta investigación se adentra
en cómo se aplica la justicia indígena dentro del marco legal ecuatoriano, buscando
una forma de integrarla con la justicia ordinaria. El enfoque se centra en la
comunidad de Pangua, en el cantón Guaranda, durante el año 2023. Se utilizaron
tanto métodos teóricos como empíricos para recopilar y analizar la información. A
través de entrevistas semiestructuradas y un análisis del contenido jurídico, se
identificaron varios desafíos en la administración de la justicia indígena,
especialmente en lo que respecta a la declinación de competencias frente a la
justicia ordinaria. El estudio concluye que es fundamental fortalecer el pluralismo
jurídico y capacitar a los operadores de justicia ordinaria sobre la importancia del
diálogo intercultural, ya que en la actualidad la justicia indígena sigue estando
subordinada a la justicia ordinaria (Chimbo, 2023).
Análisis de las entrevistas realizadas
Entrevistas realizadas a un líder indígena del MICC (Movimiento Indígena y
Campesino de Cotopaxi):
Contexto de la Justicia Indígena:
1. ¿Cómo describiría el sistema de justicia indígena en su comunidad y cuáles son
sus principios más importantes?
El sistema de justicia indígena en la comunidad del Galpón se considera muy
importante, ya que gracias a él no existe delincuencia en su comunidad y en sus
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sectores sociales. Sus principios fundamentales son el Ama Shua (no robar), Ama
Quilla (no ser perezoso) y Ama Llulla (no mentir).
2. ¿Qué tipos de conflictos suelen resolverse dentro del sistema de justicia
indígena?
En la justicia indígena de la comunidad del Galpón se resuelven varios tipos de
conflictos, pero que no sean de mayor gravedad, como peleas de pareja. Sin
embargo, no se pueden resolver casos de asesinatos o femicidios, ya que estos
deben ser resueltos por la justicia ordinaria.
Relación con la Justicia Ordinaria:
3. ¿Cuáles son los principales desafíos que enfrenta su comunidad al interactuar
con el sistema judicial estatal?
Los principales desafíos son cuando la persona involucrada no está de acuerdo en
someterse a la justicia indígena y prefiere que su caso sea resuelto por la justicia
ordinaria.
4. ¿Ha habido casos en los que las decisiones de la justicia indígena hayan sido
desconocidas por la justicia ordinaria? ¿Cómo se resolvieron?
Han existido muchos casos en los que las decisiones de la justicia indígena fueron
desconocidas por la justicia ordinaria, especialmente en el pasado cuando la justicia
indígena no era reconocida. A partir del caso La Cocha, que fue muy emblemático,
se logró que fuera reconocida en la Constitución.
5. En su experiencia, ¿se respeta el derecho de los pueblos indígenas a administrar
justicia según sus costumbres y tradiciones?
Según la experiencia de los pueblos y nacionalidades, el respeto depende de sus
culturas. Los infractores son castigados y purificados. La mayoría considera que el
castigo que realizan es para purificación, aunque algunos opinan que los castigos
no son suficientes porque las personas vuelven a reincidir.
Protección de Derechos Fundamentales:
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6. ¿Considera que la justicia indígena garantiza los derechos fundamentales de los
miembros de su comunidad?
Se considera que la justicia indígena garantiza los derechos fundamentales de los
miembros de las comunidades, ya que está reconocida por la Constitución del
Ecuador de 2008 y garantiza el cumplimiento de los derechos de los pueblos y
nacionalidades indígenas.
7. ¿Qué mejoras propondría para que tanto la justicia indígena como la estatal
protejan mejor los derechos de los pueblos indígenas?
Aunque es fundamental proponer mejoras para proteger mejor los derechos, este
es un tema que se ha discutido durante os. El problema del racismo aún persiste
y se evidencia en las candidaturas políticas donde se rechaza al sector indígena.
Interculturalidad y Coordinación:
8. ¿Qué opina sobre una mayor articulación entre la justicia indígena y la justicia
ordinaria?
La articulación entre la justicia indígena y la ordinaria es compleja, pero necesaria
para que se reconozcan y respeten las leyes de cada sistema. La mayoría considera
que esto brindaría justicia a los pueblos originarios sin quitarles su derecho a la
autodeterminación ni los derechos fundamentales de sus miembros. Para que esto
ocurra, es necesario crear mecanismos de coordinación, como protocolos de
cooperación, diálogos interculturales y capacitación conjunta para los operadores
de justicia de ambos sistemas.
9. ¿Qué acciones considera necesarias para fortalecer el respeto mutuo y la
cooperación entre ambos sistemas?
Para fortalecer el respeto mutuo y la cooperación entre la justicia indígena y la
justicia estatal, se requieren diversas acciones estratégicas: establecer espacios
institucionales permanentes de diálogo intercultural y coordinación entre líderes
indígenas y operadores de justicia; desarrollar normativas y protocolos que
delimiten con precisión los ámbitos de aplicación de cada sistema, evitando
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superposiciones y conflictos jurisdiccionales; implementar programas de
capacitación y sensibilización dirigidos tanto a funcionarios del sistema de justicia
estatal como a autoridades indígenas sobre el marco constitucional; y reformar la
legislación nacional para garantizar un reconocimiento más efectivo del derecho
indígena dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano.
Entrevistas realizadas a un juez especializado en justicia ordinaria y justicia
indígena:
Perspectiva sobre la Justicia Indígena:
10. Desde su experiencia, ¿cómo definiría el rol de la justicia indígena dentro del
sistema judicial ecuatoriano?
La mayoría define el rol de la justicia indígena como separado de la justicia ordinaria,
ya que no coinciden en las formas de aplicar las leyes y los castigos que cada uno
establece en sus diferentes normativas.
11. ¿Qué desafíos enfrenta como juez al tratar casos relacionados con la justicia
indígena?
Los principales desafíos que enfrenta un juez al tratar casos relacionados con la
justicia indígena incluyen la discordancia con algunos sectores de la sociedad, ya
que hay muchas personas que no están de acuerdo con este sistema debido a las
diferencias en sus leyes y castigos.
Conflictos Jurisdiccionales:
12. ¿Cuáles son los principales conflictos jurisdiccionales que ha observado entre
la justicia indígena y la justicia ordinaria?
Los principales conflictos jurisdiccionales son frecuentes porque en la justicia
ordinaria las leyes están codificadas y reconocidas formalmente, mientras que en la
justicia indígena las decisiones se toman en reuniones comunitarias con los
dirigentes.
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13. ¿Cómo se resuelven estos conflictos en la práctica?
Los conflictos se resuelven de manera práctica mediante la aplicación de la
normativa correspondiente y emitiendo resoluciones en audiencia que sean
reconocidas por ambas partes.
Protección de Derechos Fundamentales:
14. En su opinión, ¿cree que existen vacíos legales que dificultan la protección de
los derechos fundamentales de los pueblos indígenas bajo el sistema de pluralismo
jurídico?
Existen vacíos legales que dificultan la protección de los derechos fundamentales
de los pueblos indígenas en el sistema jurídico plural de Ecuador. La Constitución
reconoce la justicia indígena, pero no establece claramente sus límites ni cómo se
articula con la justicia ordinaria, creando conflictos jurisdiccionales. No hay normas
secundarias que ayuden a determinar las competencias específicas ni cómo se
relaciona con los tratados internacionales de derechos humanos. Tampoco existen
mecanismos efectivos para equilibrar la autonomía de los pueblos indígenas con la
protección de los derechos individuales, lo que puede vulnerar las garantías del
debido proceso.
15. ¿Cómo asegurar que las decisiones de la justicia indígena se ajusten a los
derechos humanos establecidos en la Constitución y los tratados internacionales?
Para asegurar que las decisiones de la justicia indígena respeten los derechos
humanos establecidos en la Constitución y los tratados internacionales, se requiere
una visión integral que combine la autonomía indígena con mecanismos de diálogo
y coordinación con la justicia estatal. Es clave establecer protocolos claros que
regulen la comunicación entre ambos sistemas, asegurando que las decisiones de
la justicia indígena sigan principios fundamentales como el debido proceso, la
prohibición de tratos crueles y la igualdad ante la ley.
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Interculturalidad y Pluralismo Jurídico:
16. ¿Cree que el sistema de justicia ordinario está preparado para una efectiva
articulación con la justicia indígena en un marco de interculturalidad?
El sistema judicial del Estado aún no está preparado para articularse efectivamente
con la justicia indígena. Existen deficiencias importantes: no están claras las
competencias específicas de cada sistema y los operadores de justicia no conocen
suficientemente las tradiciones jurídicas indígenas. Además, no hay mecanismos
claros para que ambos sistemas trabajen coordinadamente sin generar conflictos.
Para lograr una verdadera interculturalidad, es necesario reformar la legislación,
promover el diálogo intercultural y capacitar a los operadores de justicia para que
respeten los diferentes sistemas jurídicos.
17. ¿Qué propuestas haría para mejorar la formación de jueces y funcionarios en
materia de interculturalidad y pluralismo jurídico?
Para mejorar la formación de jueces y funcionarios en materia de interculturalidad y
pluralismo jurídico, propongo: capacitación continua y permanente sobre los
sistemas jurídicos indígenas, pluralismo jurídico y tratados internacionales de
derechos humanos; diálogos con líderes indígenas y autoridades comunitarias para
mejorar la comunicación intercultural; elaboración de manuales y protocolos para
aplicar la justicia indígena según la Constitución; incluir materias especializadas en
las escuelas judiciales para jueces y fiscales; y realizar talleres para analizar casos
prácticos y mejorar la articulación entre ambos sistemas.
Casos Representativos:
18. ¿Puede narrar un caso específico que ilustre los desafíos o logros en la
articulación entre justicia indígena y justicia ordinaria?
Un caso representativo fue cuando la justicia indígena sancionó a un miembro de
su comunidad por una infracción. La persona afectada acudió a la justicia ordinaria
alegando que no se respetaron sus derechos fundamentales. El desafío principal fue
determinar si la sanción impuesta cumplía con los estándares constitucionales y los
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derechos humanos. Finalmente, el tribunal intervino y estableció criterios sobre
cómo deben ser las decisiones de la justicia indígena, exigiendo que se respeten las
garantías constitucionales y los derechos fundamentales, pero sin anular la
autonomía de los pueblos indígenas. Este caso evidenció la falta de coordinación
entre ambos sistemas jurídicos y la urgencia de encontrar mecanismos de
articulación efectiva.
19. ¿Qué lecciones se pueden extraer de este caso para mejorar la coordinación
entre ambos sistemas?
Este caso demuestra estrategias importantes para mejorar la comunicación entre
los sistemas jurídicos indígena y ordinario. Es vital delimitar más claramente las
competencias y roles de cada sistema para evitar conflictos y que las normas sean
coherentes. Es necesario fortalecer la articulación mediante protocolos claros para
que el Estado intervenga solo cuando sea estrictamente necesario. Se debe
garantizar que la justicia indígena mantenga su autonomía sin vulnerar los derechos
fundamentales. También es importante crear mecanismos de coordinación
permanente para que todo funcione armoniosamente.
TEORIZACIÓN EMERGENTE
El análisis de la jurisprudencia indígena y su relación con la justicia ordinaria en
Ecuador evidencia una serie de conflictos y oportunidades respecto a la aplicación
del pluralismo jurídico. La Constitución ecuatoriana reconoce la justicia indígena
como un mecanismo válido para resolver conflictos dentro de las comunidades
indígenas. Sin embargo, en la práctica, su ejercicio plantea problemas relacionados
con la articulación con el sistema judicial ordinario, el respeto por los derechos
fundamentales y la garantía de seguridad jurídica.
Entre los temas centrales se encuentra la delimitación de competencias entre los
casos apropiados para la justicia indígena y aquellos que corresponden a la justicia
ordinaria. Las normas establecen que la justicia indígena debe aplicarse en asuntos
internos de las comunidades, pero la ambigüedad en los límites competenciales
provoca conflictos jurisdiccionales y resoluciones inconsistentes. Además, la
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ausencia de estándares armonizados respecto al debido proceso en procedimientos
de justicia indígena ha generado debates sobre la garantía de los derechos
humanos. En múltiples ocasiones, las decisiones del derecho indígena han sido
cuestionadas por la justicia ordinaria, evidenciando la necesidad de mecanismos de
articulación más claros entre ambos sistemas.
Un aspecto crítico que agrava el problema es la percepción que tienen los
operadores de justicia ordinaria sobre la justicia indígena. Frecuentemente, jueces
y abogados desconocen los sistemas jurídicos indígenas, lo que ocasiona la
invalidación de sus decisiones y la aplicación de criterios externos sin el análisis
intercultural adecuado. Esto confirma que el sistema jurídico ecuatoriano, en
algunos aspectos, sigue funcionando bajo una lógica centralista y homogénea, sin
reconocer plenamente la pluralidad de tradiciones jurídicas existentes en Ecuador.
Por otro lado, se reconoce que la justicia indígena posee un valor significativo en la
preservación cultural y en la promoción de medidas restaurativas que enfatizan la
armonía y la reconciliación comunitaria en lugar de la retribución. Este enfoque
contrasta con la justicia ordinaria, que prioriza las sanciones y los derechos
individuales. En este sentido, es fundamental reconocer que la justicia indígena
opera bajo un marco normativo que privilegia el bienestar colectivo sobre los
intereses individuales, lo que puede entrar en tensión con los principios del derecho
civil aplicados en los sistemas judiciales convencionales. Esta falta de comprensión
mutua ha resultado en que los tribunales ordinarios desestimen las prácticas
indígenas, considerándolas como violatorias de derechos e ignorando la diversidad
cultural del país.
Otro punto relevante en el debate implica garantizar que la aplicación de la justicia
indígena se ajuste a los derechos humanos y no vulnere las libertades
fundamentales. Algunas voces críticas sostienen que ciertas prácticas pueden estar
en conflicto con los estándares internacionales de derechos humanos,
especialmente en relación con la equidad de género o los castigos corporales en
algunas comunidades. No obstante, es crucial evitar generalizaciones o
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estigmatizaciones, ya que las prácticas de justicia indígena varían
considerablemente entre los diferentes pueblos y nacionalidades de Ecuador.
Abordar estos desafíos requiere establecer mecanismos de diálogo intercultural y
canales de comunicación que permitan equilibrar el respeto a las tradiciones con la
protección de los derechos individuales.
A pesar de los obstáculos, existen oportunidades para mejorar el diálogo y la
cooperación entre ambos sistemas. La capacitación del personal judicial, el
establecimiento de protocolos de derechos fundamentales y la creación de espacios
de concertación pueden favorecer una mejor articulación de los diversos sistemas
jurídicos del país. Asimismo, incluir a los representantes indígenas en la formulación
de políticas y normativas jurídicas es fundamental para reconocer y proteger sus
derechos y tradiciones. En este contexto, el pluralismo jurídico no debe concebirse
como un fenómeno marginal, sino como una oportunidad para enriquecer el sistema
judicial del país y promover un reconocimiento más respetuoso e inclusivo de las
diferentes culturas.
Además, es fundamental que el Estado establezca marcos normativos claros y
mecanismos de supervisión para las prácticas de justicia indígena. El desarrollo de
una estructura jurídica definida que establezca su alcance y límites es esencial para
evitar conflictos entre jurisdicciones distintas. Sin embargo, esta regulación no debe
imponer el derecho ordinario sobre la justicia indígena, sino establecer un sistema
que reconozca efectivamente los diversos marcos jurídicos.
En última instancia, el progreso hacia una articulación efectiva entre la justicia
ordinaria y la justicia indígena radica en el reconocimiento y respeto mutuos, donde
se garantice la igualdad jerárquica y el acceso equitativo a la justicia. La construcción
de un marco verdaderamente intercultural requiere esfuerzos coordinados de todos
los actores involucrados, incluyendo el Estado, los pueblos indígenas, las
instituciones académicas y los defensores de derechos humanos. Para lograr una
justicia auténtica que refleje la diversidad del Ecuador, se necesitan acciones
armoniosas y respetuosas de todas las partes. les ocasiones, las decisiones del
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derecho indígena han sido cuestionadas por la justicia ordinaria, evidenciando la
necesidad de mecanismos de articulación más claros entre ambos sistemas.
Un aspecto crítico que agrava el problema es la percepción que tienen los
operadores de justicia ordinaria sobre la justicia indígena. Frecuentemente, jueces
y abogados desconocen los sistemas jurídicos indígenas, lo que ocasiona la
invalidación de sus decisiones y la aplicación de criterios externos sin el análisis
intercultural adecuado. Esto confirma que el sistema jurídico ecuatoriano, en
algunos aspectos, sigue funcionando bajo una lógica centralista y homogénea, sin
reconocer plenamente la pluralidad de tradiciones jurídicas existentes en Ecuador.
Por otro lado, se reconoce que la justicia indígena posee un valor significativo en la
preservación cultural y en la promoción de medidas restaurativas que enfatizan la
armonía y la reconciliación comunitaria en lugar de la retribución. Este enfoque
contrasta con la justicia ordinaria, que prioriza las sanciones y los derechos
individuales. En este sentido, es fundamental reconocer que la justicia indígena
opera bajo un marco normativo que privilegia el bienestar colectivo sobre los
intereses individuales, lo que puede entrar en tensión con los principios del derecho
civil aplicados en los sistemas judiciales convencionales. Esta falta de comprensión
mutua ha resultado en que los tribunales ordinarios desestimen las prácticas
indígenas, considerándolas como violatorias de derechos e ignorando la diversidad
cultural del país.
Otro punto relevante en el debate implica garantizar que la aplicación de la justicia
indígena se ajuste a los derechos humanos y no vulnere las libertades
fundamentales. Algunas voces críticas sostienen que ciertas prácticas pueden estar
en conflicto con los estándares internacionales de derechos humanos,
especialmente en relación con la equidad de género o los castigos corporales en
algunas comunidades. No obstante, es crucial evitar generalizaciones o
estigmatizaciones, ya que las prácticas de justicia indígena varían
considerablemente entre los diferentes pueblos y nacionalidades de Ecuador.
Abordar estos desafíos requiere establecer mecanismos de diálogo intercultural y
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canales de comunicación que permitan equilibrar el respeto a las tradiciones con la
protección de los derechos individuales.
A pesar de los obstáculos, existen oportunidades para mejorar el diálogo y la
cooperación entre ambos sistemas. La capacitación del personal judicial, el
establecimiento de protocolos de derechos fundamentales y la creación de espacios
de concertación pueden favorecer una mejor articulación de los diversos sistemas
jurídicos del país. Asimismo, incluir a los representantes indígenas en la formulación
de políticas y normativas jurídicas es fundamental para reconocer y proteger sus
derechos y tradiciones. En este contexto, el pluralismo jurídico no debe concebirse
como un fenómeno marginal, sino como una oportunidad para enriquecer el sistema
judicial del país y promover un reconocimiento más respetuoso e inclusivo de las
diferentes culturas.
Además, es fundamental que el Estado establezca marcos normativos claros y
mecanismos de supervisión para las prácticas de justicia indígena. El desarrollo de
una estructura jurídica definida que establezca su alcance y límites es esencial para
evitar conflictos entre jurisdicciones distintas. Sin embargo, esta regulación no debe
imponer el derecho ordinario sobre la justicia indígena, sino establecer un sistema
que reconozca efectivamente los diversos marcos jurídicos.
En última instancia, el progreso hacia una articulación efectiva entre la justicia
ordinaria y la justicia indígena radica en el reconocimiento y respeto mutuos, donde
se garantice la igualdad jerárquica y el acceso equitativo a la justicia. La construcción
de un marco verdaderamente intercultural requiere esfuerzos coordinados de todos
los actores involucrados, incluyendo el Estado, los pueblos indígenas, las
instituciones académicas y los defensores de derechos humanos. Para lograr una
justicia auténtica que refleje la diversidad del Ecuador, se necesitan acciones
armoniosas y respetuosas de todas las partes.
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CONCLUSION
En el pluralismo jurídico de Ecuador, la justicia indígena constituye un pilar
fundamental y está constitucionalmente reconocida como un mecanismo legítimo
de resolución de conflictos dentro de las comunidades indígenas. Los conflictos de
competencias y la falta de coordinación entre los sistemas de justicia indígena y
ordinario generan dificultades para la aplicación adecuada de ambos ordenamientos
jurídicos. La justicia indígena se fundamenta en principios de restauración
comunitaria y reconciliación, diferenciándose del enfoque punitivo característico de
los sistemas de justicia convencionales. No obstante, deben garantizarse los
estándares mínimos del debido proceso para evitar la vulneración de los derechos
fundamentales. Es necesario promover la articulación entre ambos sistemas
mediante el diálogo intercultural que establezca límites competenciales claros y
garantice el respeto mutuo entre las jurisdicciones. El fortalecimiento del pluralismo
jurídico en Ecuador puede lograrse mediante el desarrollo de capacidades judiciales,
el perfeccionamiento de marcos normativos y la promoción de espacios de diálogo
intercultural.
FINANCIAMIENTO
No monetario
CONFLICTO DE INTERÉS
No existe conflicto de interés con personas o instituciones ligadas a la investigación.
AGRADECIMIENTOS
A UNIANDES.
REFERENCIAS
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