Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 4(Especial), 1-10, 2025
https://doi.org/10.62574/cv1s9n96
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Análisis de mecanismos de prevención del acoso y violencia de género en
movilidad humana, Riobamba
Analysis of mechanisms for preventing gender-based harassment and
violence in human mobility, Riobamba
Janneth Ximena Iglesias-Quintana
ur.jannetiglesias@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo, Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-7861-4676
José Milton Jiménez-Montenegro
ur.josejimenez@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo, Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-2395-9663
George Sotomayor-Rodríguez
ur.georgesotomayor@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo, Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-0208-3837
Iván Fernando Andrade-Arrieta
ur.ivanandrade@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo, Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-8231-5249
RESUMEN
La salvaguarda de garantías fundamentales en comunidades migrantes representa uno de los
principales retos del sistema normativo actual. Este artículo tiene por objetivo analizar los protocolos
de prevención del acoso y violencia de género, adaptarlos a las necesidades particulares de las
personas en movilidad humana, implementando programas de sensibilización dirigidos a la
comunidad y autoridades locales sobre la situación de los migrantes y la importancia de prevenir la
violencia de género. Mediante un enfoque investigativo cualitativo, se aplicó la metodología jurídico-
documental para examinar dispositivos normativos tanto nacionales como internacionales en el
contexto riobambeño. Consecuentemente, los análisis demuestran que, pese a la existencia de una
estructura jurídica comprendida por la Carta Magna ecuatoriana (2008) y la Ley Orgánica de
Movilidad Humana (2017), se mantiene una distancia considerable entre las prescripciones legales
y su materialización práctica.
Descriptores: derechos humanos; migraciones; violencia contra la mujer. (Fuente: Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
Safeguarding fundamental rights in migrant communities is one of the main challenges facing the
current regulatory system. This article aims to analyse protocols for the prevention of gender-based
harassment and violence, adapt them to the specific needs of people on the move, and implement
awareness-raising programmes for the community and local authorities on the situation of migrants
and the importance of preventing gender-based violence. Using a qualitative research approach, a
legal-documentary methodology was applied to examine both national and international regulatory
mechanisms in the context of Riobamba. Consequently, the analysis shows that, despite the existence
of a legal framework comprising the Ecuadorian Constitution (2008) and the Organic Law on Human
Mobility (2017), there remains a considerable gap between legal provisions and their practical
implementation.
Descriptors: human rights; migration; violence against women. (Source: UNESCO Thesaurus).
Recibido: 05/07/2025. Revisado: 19/07/2025. Aprobado: 27/07/2025. Publicado: 08/08/2025.
Sección artículos de investigación
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Análisis de mecanismos de prevención del acoso y violencia de género en movilidad humana, Riobamba
Analysis of mechanisms for preventing gender-based harassment and violence in human mobility, Riobamba
Janneth Ximena Iglesias-Quintana
José Milton Jiménez-Montenegro
George Sotomayor-Rodríguez
Iván Fernando Andrade-Arrieta
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INTRODUCCIÓN
La protección de los derechos humanos constituye un pilar fundamental del
ordenamiento jurídico contemporáneo, especialmente cuando se refiere a
poblaciones en situación de movilidad transnacional. En este sentido, las
investigaciones de carácter jurídico-social deben orientarse hacia la comprensión
integral de las garantías que amparan a los individuos en tránsito migratorio,
particularmente respecto a los mecanismos de actuación cuando estos derechos son
vulnerados o amenazados.
Por consiguiente, la movilidad humana se erige como un derecho inherente e
inalienable reconocido universalmente, cuyo ejercicio trasciende fronteras
geopolíticas. Este fenómeno, caracterizado por su permanencia histórica, responde
a múltiples factores motivacionales que incluyen la búsqueda de condiciones
socioeconómicas favorables, oportunidades laborales, acceso educativo y resguardo
de la integridad personal. En concordancia con lo anterior, la Organización
Internacional para las Migraciones (OIM), entidad intergubernamental especializada
establecida en 1951 e integrada al sistema de Naciones Unidas, conceptualiza la
migración como el desplazamiento poblacional desde el lugar de residencia habitual
hacia nuevos territorios de asentamiento, ya sea atravesando fronteras
internacionales o dentro del mismo territorio nacional (OIM, 2024).
Conforme a estimaciones recientes proporcionadas por esta organización, durante
2020 se registraron aproximadamente 281 millones de migrantes internacionales
a nivel mundial, cifra que representa el 3,6% de la población global. Este indicador
refleja un incremento de 128 millones respecto a las estadísticas de 1990,
triplicando los registros de 1970, lo cual evidencia una tendencia creciente y
sostenida del fenómeno migratorio contemporáneo (OIM, 2024).
Dentro del contexto ecuatoriano, el Estado ha implementado un corpus normativo
y políticas públicas orientadas a la protección de poblaciones migrantes, destacando
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la promulgación de la Ley Orgánica de Movilidad Humana en 2017, instrumento
jurídico que establece derechos fundamentales para migrantes y refugiados. No
obstante, la materialización plena de estas disposiciones se ha visto obstaculizada
por limitaciones presupuestarias y deficiencias en la gestión pública. Tal
circunstancia ha provocado que determinados grupos de migrantes venezolanos,
tras períodos de estancia con recursos económicos limitados, hayan optado por
continuar su trayecto migratorio hacia Estados Unidos, enfrentando el peligroso
cruce por la región del Darién (Martínez et al., 2023).
Respecto al panorama latinoamericano, Argentina orienta sus políticas migratorias
hacia la regularización del estatus jurídico de los migrantes, garantizando
simultáneamente el acceso a servicios de salud y educación. Contrariamente, Chile
ha adoptado medidas restrictivas que han incrementado la vulnerabilidad de las
poblaciones migrantes, especialmente en el ámbito de los derechos laborales.
Investigaciones especializadas revelan que las mujeres migrantes venezolanas en
territorio chileno experimentan diversos tipos de violencia: física (35%), verbal
(25%), psicológica (11%) y sexual (10%), mientras que un 40% reporta haber
sufrido discriminación atribuida directamente a su nacionalidad (Mujica & Márquez,
2024).
En relación con Colombia, este país ha desarrollado esfuerzos significativos
mediante el otorgamiento de estatus de protección temporal a migrantes
venezolanos, facilitando su acceso a servicios básicos. Sin embargo, investigaciones
realizadas en Medellín identifican que las familias migrantes, particularmente
aquellas con jefatura femenina, experimentan múltiples formas de violencia basada
en género, incluyendo manifestaciones psicológicas, patrimoniales-económicas y
laborales, siendo la pobreza un determinante estructural de esta problemática
(Cardona et al., 2022).
La ciudad de Riobamba, ubicada en la provincia del Chimborazo en Ecuador, al
igual que otros centros urbanos ecuatorianos, ha registrado un incremento
considerable en la recepción de migrantes y refugiados, predominantemente
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originarios de Venezuela y Colombia. Estas poblaciones enfrentan condiciones de
vulnerabilidad multidimensional que las exponen al acoso y violencia de género en
diversos espacios sociales, tanto públicos como privados. Paralelamente, la
xenofobia, los procesos discriminatorios y la limitada información sobre derechos y
recursos disponibles intensifican esta problemática, generando que numerosas
víctimas se abstengan de denunciar los incidentes por temor a represalias o rechazo
social.
La relevancia de esta investigación se fundamenta en la necesidad científica de
examinar la situación de la movilidad humana desde perspectivas multidisciplinarias
que abarquen los ámbitos mundial, regional, nacional y local. Específicamente,
Riobamba presenta características particulares que requieren un análisis
especializado de los mecanismos de protección existentes y su efectividad en la
prevención de la violencia de género hacia poblaciones migrantes.
Desde lo planteado, el actual articulo tiene por objetivo analizar los protocolos de
prevención del acoso, violencia de género, adaptarlas a las necesidades particulares
de las personas en movilidad humana, implementando programas de sensibilización
dirigidos a la comunidad y a las autoridades locales sobre la situación de las
personas migrantes y la importancia de prevenir la violencia de género.
MÉTODO
Esta investigación empleó- el enfoque cualitativo que reconoce a la práctica social
como fundamento del conocimiento y la cultura. Las construcciones teóricas
adquieren validez únicamente cuando se contrastan con la realidad empírica, por lo
que se desarrolló un análisis cualitativo mediante codificación y categorización de
información documental. Este proceso permitió identificar temáticas centrales sobre
la situación contemporánea de grupos humanos en movilidad, el cumplimiento y
vulneración de derechos, perspectivas jurídicas y sociales, además de evaluaciones
comparativas con otros países latinoamericanos, especialmente Ecuador.
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Las variables independientes incluyen género, edad, nacionalidad y período de
residencia en Riobamba, mientras que las dependientes abarcan la incidencia de
acoso y violencia, el nivel de conocimiento sobre derechos y el acceso a recursos
institucionales.
El método histórico-lógico facilitó el estudio sistemático de antecedentes
migratorios en dimensiones internas, externas, internacionales, nacionales y locales,
describiendo múltiples casos documentados de vulneración de derechos humanos
en poblaciones migrantes. Los enfoques analítico-sintético e inductivo-deductivo
permitieron identificar fenómenos particulares para determinar la problemática
principal y construir premisas, conclusiones y recomendaciones orientadas hacia
protocolos específicos de prevención del acoso y violencia basada en género.
La metodología jurídico-documental se implementó mediante revisión sistemática
de instrumentos jurídicos nacionales e internacionales, incluyendo la Constitución
del Ecuador (2008), Convenios de la OIT números 97 y 143, el Pacto Mundial para
la Migración Segura (2018), la Convención para Reducir los Casos de Apatridia
(1961) y la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos
los Trabajadores Migratorios y sus Familiares (1990).
RESULTADOS
Los derechos de las poblaciones migrantes se encuentran consagrados en diversos
instrumentos normativos de carácter nacional e internacional. En concordancia con
lo anterior, la investigación desarrollada por Núñez (2023) sobre derechos humanos
y justicia social en el contexto ecuatoriano determina la existencia de profundas
asimetrías en la distribución de la riqueza, identificándose mayor concentración de
pobreza en comunidades rurales, indígenas y afroecuatorianas, lo cual refleja la
necesidad imperativa de formular políticas públicas que aborden integralmente el
creciente problema social.
En relación con el ordenamiento jurídico nacional, la Constitución de la República
del Ecuador (2008) establece expresamente los grupos de atención prioritaria,
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incorporando específicamente a las poblaciones migrantes. Existe un marco
normativo robusto que requiere fortalecimiento institucional y asignación de
recursos adecuados para intervenir oportunamente cuando se identifiquen
vulneraciones de derechos de este grupo poblacional.
Instrumentos Internacionales y Nacionales de Protección
El análisis documental revela un conjunto integral de instrumentos de protección
estructurados en dos niveles:
Ámbito internacional: La Organización Internacional para las Migraciones (1951)
proporciona asistencia técnica a migrantes, gestionando los procesos migratorios
de manera ordenada y humana. Paralelamente, el Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Refugiados (ACNUR, 1950) se encarga de proteger a poblaciones
refugiadas, buscando soluciones duraderas a su situación. Los Convenios de la OIT
97 (1949) y 143 (1975) protegen específicamente los derechos laborales y
combaten la explotación de trabajadores migrantes.
Ámbito nacional: La Constitución ecuatoriana consagra el principio de ciudadanía
universal, garantizando el acceso a servicios básicos. Específicamente, el artículo
392 establece que el Estado velará por los derechos de las personas en movilidad
humana. Complementariamente, la Ley Orgánica de Movilidad Humana (2018) y su
reglamento (2023) constituyen avances significativos en la protección integral de
derechos migratorios.
Situación contemporánea en Riobamba
Los procesos de exclusión y discriminación hacia grupos vulnerables,
particularmente migrantes y refugiados, constituyen problemáticas persistentes que
agravan las inequidades sociales existentes. La violencia de género persiste como
fenómeno multidimensional que se manifiesta desde diversos ejes sociales, políticos
y económicos, incluyendo la integración laboral donde frecuentemente
experimentan aprovechamiento de su estatus migratorio para recibir
remuneraciones inferiores a las establecidas legalmente (ACNUR, 2021).
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Análisis de mecanismos de prevención del acoso y violencia de género en movilidad humana, Riobamba
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Según datos del censo nacional de 2022, Ecuador alberga 425,045 migrantes, de
los cuales 47,926 personas se encuentran en situación de indocumentación,
constituyendo este grupo el más propenso a la vulneración de derechos debido a
su estatus migratorio irregular (Ramírez, 2023).
DISCUSIÓN
El análisis jurídico de los instrumentos documentales internacionales y nacionales
revela fundamentos doctrinarios sólidos que protegen a las personas en condición
de movilidad. No obstante, se identifica una brecha significativa entre el marco
normativo establecido y la aplicación práctica efectiva de estos derechos.
El contexto global contemporáneo evidencia múltiples crisis que generan
desplazamiento forzado, incluyendo el conflicto armado en Ucrania (iniciado en
2022), la situación en la Franja de Gaza, y diversas crisis en Medio Oriente,
configurando un panorama de inestabilidad con implicaciones trascendentales para
la seguridad internacional y la protección de derechos humanos.
En el contexto latinoamericano, la crisis venezolana ha resultado en el
desplazamiento de más de 9 millones de ciudadanos, muchos de los cuales
enfrentan violaciones sistemáticas, vejámenes, trata de personas y desapariciones
durante su tránsito migratorio (Aguilar et al., 2024).
Por otro lado, los protocolos de prevención del acoso y violencia basada en género
representan instrumentos fundamentales para garantizar el cumplimiento de
derechos de poblaciones migrantes. Aunque existen protocolos institucionales de
carácter general, se carece de instrumentos específicamente diseñados para abordar
las particularidades de la población migrante. Investigaciones desarrolladas en el
contexto europeo, particularmente en Madrid, sugieren que no resulta necesario
crear protocolos adicionales, sino incorporar problemáticas migratorias específicas
en los instrumentos existentes, estableciendo observatorios especializados para
verificar su cumplimiento efectivo (Marugán, 2024).
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Sin embargo, en el contexto ecuatoriano, investigaciones precedentes señalan la
necesidad imperativa de desarrollar protocolos específicos de actuación,
considerando que los instrumentos existentes no resultan efectivos en
determinados casos debido a la ausencia de normatividad clara y limitada
socialización de las obligaciones institucionales (Iglesias et al., 2023).
La especificidad del acoso y violencia hacia migrantes requiere atención diferenciada
que considere su estatus migratorio y vulnerabilidades particulares. Estudios
especializados coinciden en que no debe generalizarse la problemática, sino brindar
atención específica a este grupo poblacional, especialmente considerando los
diversos tipos de acoso (laboral, sexual, social, político, étnico) y violencia de género
(física, psicológica, económica) que enfrentan cotidianamente (León, 2024).
CONCLUSION
La investigación sobre protocolos de prevención del acoso y violencia basada en
género en Riobamba resulta fundamental para abordar integralmente las
necesidades de las personas en movilidad humana. El establecimiento de un marco
normativo claro y accesible puede contribuir significativamente a la protección
efectiva de derechos y la construcción de entornos más seguros y acogedores.
Se evidencia la necesidad imperativa de diseñar protocolos específicos de
prevención del acoso y violencia basada en género para personas en situación
migratoria, garantizando la prevalencia de sus derechos en territorio ecuatoriano.
Riobamba cuenta con el Centro de Protección a Personas Migrantes, dirigido por
un representante del Gobierno Autónomo Descentralizado cantonal, constituyendo
una base institucional sólida para la implementación de estos protocolos.
La adaptación de marcos normativos existentes a las necesidades específicas de
poblaciones migrantes, combinada con programas integrales de sensibilización
comunitaria e institucional, representa una estrategia comprehensiva para la
prevención efectiva de la violencia de género en contextos de movilidad humana.
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FINANCIAMIENTO
No monetario
CONFLICTO DE INTERÉS
No existe conflicto de interés con personas o instituciones ligadas a la investigación.
AGRADECIMIENTOS
A quienes trabajan por los derechos de los migrantes.
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Derechos de autor: 2025 Por los autores. Este artículo es de acceso abierto y distribuido según los términos y
condiciones de la licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC
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